Decreto legislativo del 6 de febrero de 2007, n. 30, implementó en Italia el derecho a la libre circulación y residencia de los ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares mediante la implementación de la Directiva comunitaria 2004/38/CE. Por tanto, los ciudadanos europeos tienen derecho a permanecer en Italia durante un período máximo de tres meses sin tener que cumplir requisitos específicos, siempre que dispongan de un documento de identidad válido para viajar al extranjero (art. 6 Decreto Legislativo 30/2007).
Si el ciudadano de un Estado miembro de la UE desea residir en Italia durante más de tres meses, está obligado a solicitar la inscripción en el Registro de Residentes del municipio italiano donde pretende residir. Una vez obtenida la residencia, el Municipio podrá expedir el certificado de inscripción registral que certifica que el ciudadano europeo ha cumplido la obligación de inscribirse en el registro y constituye en todos los aspectos un permiso de residencia y un certificado de regularidad para quienes trabajan, estudian o tienen medios económicos suficientes para mantenerse en Italia.
El documento es de carácter personal aunque es posible solicitarlo para algunos familiares, entre ellos:
- cónyuge
- hijos directos menores de 21 años o dependientes, así como los del cónyuge
- padres directamente dependientes y los del cónyuge
El certificado de registro y residencia regular tiene una duración indefinida y sirve para certificar que en la fecha de su emisión el ciudadano de la UE cumplía los requisitos para residir en Italia. Sin embargo, cualquier ciudadano de la UE que haya residido legal y continuamente en Italia durante al menos cinco años tiene derecho a solicitar la certificación de residencia permanente.
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El contenido de este artículo tiene como objetivo proporcionar orientación general sobre el tema. Para dudas o casos particulares deberás buscar asesoramiento especializado conforme a su situación específica.