Han transcurrido poco más de dos semanas desde el 28 de marzo de 2025, día en el que el Consejo de ministros italiano, en un gesto sorprendente para muchos, aprobó el Decreto Ley n. 36/2025 que introduce modificaciones significativas en la legislación sobre la ciudadanía italiana con el objetivo, expresamente declarado, de reforzar el "vínculo efectivo" entre los ciudadanos y la República Italiana.
Limitaciones del ius sanguinis
El decreto introdujo restricciones al principio de ius sanguinis, que hasta ahora permitía la transmisión de la ciudadanía italiana sin límites generacionales. Según las nuevas disposiciones, la ciudadanía italiana ya no se reconoce automáticamente a los nacidos en el extranjero y a los descendientes de ciudadanos italianos, a menos que se cumplan condiciones específicas:
• padre o padre adoptivo que sea ciudadano italiano nacido en Italia
• padre o padre adoptivo que sea ciudadano italiano nacido en el extranjero y residente en Italia durante al menos dos años consecutivos antes del nacimiento o la adopción del niño
• ciudadano italiano de primer grado ascendiente de los padres o padres adoptivos nacidos en Italia
Estos cambios pretenden limitar la transmisión automática de la ciudadanía italiana a las personas nacidas y residentes en el extranjero, supeditándola a la existencia de vínculos efectivos con la República.
Con la publicación del decreto ley en el Boletín Oficial del 28 de marzo de 2025, estas normas entraron en vigor para todos aquellos que para el 27 de marzo de 2025 aún no habían presentado la solicitud de reconocimiento de la ciudadanía italiana iure sanguinis. No se verán afectados los derechos de quienes, a esa fecha, ya hayan sido reconocidos como ciudadanos italianos por vía judicial o administrativa (a través de procedimientos ante un Consulado italiano o un Municipio en Italia) y las solicitudes de quienes hayan presentado un recurso judicial de reconocimiento de ciudadanía ante un Tribunal italiano o una solicitud administrativa en un Consulado o Municipio a más tardar a las 23.59 horas del 27 de marzo de 2025 que se evaluarán de acuerdo con la legislación vigente antes de la entrada en vigor del Decreto Ley 36/2025.
Las razones aducidas por el Gobierno para aprobar las enmiendas
La publicación del Decreto Ley fue acompañada por la explicación de las razones que, desde el punto de vista del Gobierno, justificaban la introducción de estos cambios considerados necesarios para:
• evitar un aumento descontrolado de ciudadanos italianos residentes en el extranjero sin vínculos efectivos con Italia, lo que podría constituir un riesgo para la seguridad nacional y para los demás Estados miembros de la Unión Europea y del Espacio Schengen.
• alinearse con la normativa de otros países europeos, que exigen un vínculo efectivo con el Estado para el reconocimiento de la ciudadanía.
• evitar un flujo excepcional e incontrolado de solicitudes de reconocimiento de ciudadanía, que podría comprometer la funcionalidad de las oficinas consulares, municipalidades y oficinas judiciales.
Aunque la reforma de la legislación sobre la ciudadanía italiana ha sido objeto de debate durante algún tiempo, la decisión del Gobierno de adoptar estos cambios mediante un decreto ley de urgencia ha suscitado muchas dudas y ha dado lugar a varios interrogantes.
La elección de no seguir el procedimiento legislativo normal para introducir modificaciones en la ley que regula la ciudadanía italiana – la actual Ley n. 91/1992 - según la explicación dada por el propio Gobierno, fue dictada por una combinación de factores, entre los cuales se encuentra, la carga de trabajo excesivamente alta de las administraciones italianas llamadas a evaluar un número cada vez mayor de solicitudes y la urgencia dada por la presión que un número tan exorbitante de solicitudes ha creado, especialmente en los últimos años. Además, el Gobierno ha subrayado la necesidad de limitar drásticamente la presentación de solicitudes por parte de personas con poco o ningún vínculo concreto con Italia, un fenómeno que se ha multiplicado a través de los años.
Reacciones y perspectivas futuras
Los cambios han suscitado críticas por parte de asociaciones y representantes de descendientes de italianos en el extranjero, que los consideran discriminatorios y lesivos de los derechos adquiridos.
No obstante, es fundamental atender a la realidad de los hechos y a los acontecimientos que puedan desarrollarse en las próximas semanas, ya que el Decreto Ley 36/2025 deberá ser convertido en ley en un plazo de 60 días desde su publicación —es decir, antes del 27 de mayo de 2025—, de lo contrario, perderá toda su eficacia.
Los escenarios que se abren entonces son los siguientes:
- El Decreto Ley 36/2025 se convierte sin modificaciones, por tanto, se confirma el texto actual
- Se convierte en ley con cambios respecto al texto actualmente publicado
- El Decreto Ley 36/2025 no se convierte en ley, perdiendo su eficacia
Aunque en teoría existen las tres posibilidades, dada la posición adoptada por el Gobierno hasta la fecha, es razonable esperar que el Decreto Ley se convierta efectivamente en ley en el plazo de 60 días; Sin embargo, la posibilidad de modificaciones sigue abierta y deberá evaluarse una vez que se promulgue la ley de conversión.
Paralelamente a la aprobación del Decreto Ley 36/2025, se presentó un proyecto de ley que introduce ulteriores disposiciones, entre ellas la obligación de registrar el certificado de nacimiento de los descendientes de italianos menores de 25 años y la posibilidad de revocar la ciudadanía por desuso o por no mantener vínculos con Italia durante 25 años. A estas propuestas se añaden una modificación de los requisitos para la presentación de las solicitudes de ciudadanía italiana por matrimonio, que podrán ser presentadas solo por quienes residan en territorio italiano (eliminando de esta manera la posibilidad de presentación por parte de los cónyuges de ciudadanos italianos que, sin embargo, residan en el extranjero), así como una ampliación de los tiempos de procesamiento de las solicitudes, que se llevarían a 48 meses, y una centralización de las funciones de evaluación de las solicitudes en una oficina de la Farnesina, liberando a los Consulados italianos en el mundo de tales obligaciones.
Conclusiones
Las recientes modificaciones a la ley de ciudadanía italiana representan un intento por parte del Gobierno de fortalecer el vínculo entre los ciudadanos y el Estado, aunque ciertamente han suscitado preocupaciones, más o menos fundadas, respecto de los derechos de los italianos en el extranjero y la coherencia con los principios constitucionales.
Las próximas semanas serán clave para determinar el futuro de estas disposiciones, ya que podrían surgir nuevas medidas legislativas. Actualmente, no es posible contar con una visión definitiva de la situación, pues es necesario esperar a que el decreto ley sea convertido formalmente en ley ordinaria o a que venza el plazo de sesenta días previsto para dicha conversión. En consecuencia, cualquier valoración sobre la viabilidad de acciones, incluidas las de carácter judicial, deberá posponerse hasta que la situación se defina, bien sea mediante la conversión efectiva del decreto ley o una vez expirado el plazo correspondiente.
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El contenido de este artículo tiene como objetivo proporcionar una guía general sobre el tema. Es necesario solicitar asesoramiento especializado en relación con su situación específica.