La ciudadanía italiana iure sanguinis continúa estando en el centro de un intenso debate jurídico, especialmente después de las recientes modificaciones legislativas introducidas en 2025. Actualmente, dos temas resultan particularmente decisivos: la pérdida de la ciudadanía por parte de los hijos menores de ciudadanos naturalizados en el extranjero y la posible aplicación retroactiva de la nueva normativa.
Las Secciones Unidas de la Corte de Casación han sido llamadas a aclarar la relación entre los artículos 7 y 12 de la Ley n.º 555 de 1912, normas que regulan la transmisión y la eventual pérdida de la ciudadanía italiana. La controversia se refiere principalmente a los hijos nacidos en el extranjero de ciudadanos italianos que ya poseían doble ciudadanía desde el nacimiento y que, durante su minoría de edad, se vieron afectados por la naturalización extranjera de su progenitor.
Según una primera interpretación, el menor perdería automáticamente la ciudadanía italiana junto con el progenitor naturalizado. Otra corriente interpretativa sostiene, en cambio, que quien nació siendo ya titular de doble ciudadanía conserva el derecho a la ciudadanía italiana hasta una eventual renuncia voluntaria una vez alcanzada la mayoría de edad.
La cuestión adquiere una enorme importancia porque de la decisión depende la continuidad de la transmisión de la ciudadanía italiana para miles de descendientes en todo el mundo.
Paralelamente, las Secciones Unidas también deberán abordar el tema de la reforma introducida por el Decreto-Ley n.º 36 de 2025, que impuso límites mucho más estrictos al reconocimiento de la ciudadanía iure sanguinis. La nueva normativa prevé restricciones incluso para personas nacidas antes de la entrada en vigor de la ley, salvo que la solicitud administrativa o judicial haya sido presentada antes del 27 de marzo de 2025.
Este aspecto ha abierto un amplio debate sobre la retroactividad de la reforma y la protección de los derechos ya adquiridos. Muchos consideran que la ciudadanía por descendencia se adquiere automáticamente al nacer y que el reconocimiento posterior tiene una naturaleza meramente declarativa.
La futura decisión de la Corte de Casación, junto con la de la Corte Constitucional —también llamada a pronunciarse sobre las modificaciones a la ley de ciudadanía italiana— será por lo tanto determinante no solo para resolver los conflictos interpretativos existentes, sino también para definir la relación entre el régimen histórico de la ciudadanía italiana y los nuevos límites introducidos por el legislador. Para miles de familias de origen italiano residentes en el extranjero, el fallo podría incidir directamente en el reconocimiento de su status civitatis; por ello, es fundamental mantenerse actualizados sobre los desarrollos jurisprudenciales más recientes.
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El contenido de este artículo tiene como finalidad ofrecer indicaciones generales sobre el tema. Para dudas o casos específicos, se recomienda solicitar asesoría especializada en función de tu situación particular.
Artículo escrito por Alessia Ajelli, Managing Associate de LCA Studio Legale, abogada especializada en derecho migratorio y ciudadanía italiana, y Paolo Grassi, Trainee de LCA Studio Legale.
Artículo modificado el 12/05/2026