La ciudadanía italiana por matrimonio o unión civil entre personas del mismo sexo con un ciudadano italiano está regulada por la Ley n.º 91 de 1992. Los cónyuges extranjeros que residen en el extranjero pueden solicitar la ciudadanía italiana a partir de los tres años desde la fecha del matrimonio o de la unión civil. Este plazo se reduce a la mitad si la pareja tiene hijos menores de 18 años o si los hijos han sido adoptados legalmente.
Requisitos principales
Para iniciar el procedimiento, es necesario que el cónyuge italiano esté inscrito en el AIRE (Registro de los Italianos Residentes en el Extranjero) y que el matrimonio o la unión civil esté registrado en el consulado italiano competente. Todos los matrimonios celebrados en el extranjero deben estar debidamente legalizados, traducidos y transcritos en Italia. Lo mismo ocurre con las uniones civiles o matrimonios entre personas del mismo sexo, que en Italia se reconocen como uniones civiles (ya que Italia no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo como tal), incluso si se celebraron en el extranjero.
Desde 2018, la ley exige además el conocimiento de la lengua italiana en nivel B1, certificado por instituciones reconocidas por el Ministerio de Educación o el Ministerio de Asuntos Exteriores, con el fin de favorecer la integración cultural y social del nuevo ciudadano.
Procedimiento de presentación
La solicitud de ciudadanía debe presentarse en el consulado italiano competente, es decir, donde el cónyuge italiano esté inscrito en el AIRE. El procedimiento consta de dos fases principales: una presentación en línea a través del portal del Ministerio del Interior, seguida de una cita en el consulado en la que el solicitante confirma la autenticidad de los documentos y firma la solicitud.
El consulado actúa como intermediario entre el solicitante y el Ministerio del Interior: mientras el consulado recopila y verifica la información, el examen real del expediente y la decisión final son gestionados por la oficina central en Roma.
Plazos y recordatorios
Desde mayo de 2025, la ley establece un plazo máximo de 24 meses para la finalización del procedimiento (anteriormente prorrogable hasta 36 meses en circunstancias particulares). Si se supera este plazo, el solicitante puede enviar un requerimiento para reclamar una respuesta, carta que tiene mayor peso si se envía a través de un abogado.
Es importante comunicar al consulado cualquier cambio en el estado civil, como divorcio, anulación o fallecimiento del cónyuge italiano, ya que tales hechos pueden interrumpir el procedimiento, así como cualquier cambio de residencia.
Juramento final
Al finalizar el proceso, el solicitante es invitado a una ceremonia de juramento en el consulado, que debe realizarse dentro de los seis meses posteriores a la aprobación de la solicitud. Durante la ceremonia, el nuevo ciudadano presta juramento de fidelidad a la República Italiana, en presencia del cónyuge italiano, confirmando la validez y la continuidad del matrimonio o de la unión civil. Este momento marca la adquisición oficial de la ciudadanía italiana.
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El contenido de este artículo tiene como finalidad ofrecer indicaciones generales sobre el tema. Para dudas o casos específicos, se recomienda solicitar asesoría especializada en función de tu situación particular.