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Decreto flussi 2027: nuevas cuotas y click days

El calendario, las nuevas cuotas y las principales obligaciones para los empleadores que contratan trabajadores extracomunitarios

En definitiva, el Decreto flussi 2027 no introduce grandes novedades en cuanto a las cifras, pero sí exige una preparación rigurosa. Con las fechas ya establecidas y las reglas claramente definidas, una gestión organizada y anticipada será clave para aprovechar las cuotas disponibles

Para los empleadores que dependen de trabajadores y mano de obra extracomunitarios, 2027 ya cuenta con un calendario preciso. Mediante la Circular conjunta n.º 7185, de 1 de octubre de 2026, firmada por los Ministerios del Interior, Trabajo, Agricultura y Turismo, el Gobierno ha traducido en instrucciones prácticas la segunda anualidad del plan trienal 2026-2028 previsto por el D.P.C.M. de 2 de octubre de 2025.

El documento no modifica las reglas del juego: confirma el marco ya establecido y se concentra en tres aspectos operativos, a saber, cuántas entradas están disponibles, cuándo pueden prepararse las solicitudes y en qué fechas deberán enviarse. Además, recuerda algunas modificaciones introducidas en el Texto Único sobre Inmigración que los empleadores harán bien en no subestimar.

Cuántas plazas hay: 165.850 entradas

El límite global para 2027 es de 165.850 ciudadanos de países no pertenecientes a la UE admitidos por motivos laborales. Más de la mitad de las cuotas continúa absorbida por el trabajo de temporada, lo que confirma el peso que la agricultura y el turismo siguen teniendo en la demanda de mano de obra extranjera.

En concreto, 89.000 entradas están destinadas al trabajo por cuenta ajena de temporada en los sectores agrícola y turístico, mientras que 76.200 corresponden al trabajo por cuenta ajena no estacional; dentro de esta última cuota, 14.000 plazas están reservadas para la asistencia familiar. Completan el cuadro 650 entradas para el trabajo por cuenta propia.

La novedad en el plano geográfico se refiere a Kenia, que entra por primera vez entre los países de procedencia admitidos. Esta apertura deriva del Memorando de Entendimiento sobre Migración y Movilidad suscrito con Nairobi el 2 de julio de 2026. Por lo demás, las reservas y subdivisiones de las cuotas siguen siendo las establecidas por el D.P.C.M. de 2025.

Antes del click day: la precompilación

Gran parte del proceso se juega antes de los click days. Desde las 9:00 del 23 de octubre hasta las 20:00 del 7 de diciembre de 2026, el Portal de Servicios ALI estará accesible de forma ininterrumpida, incluidos los días festivos, para preparar las solicitudes de nulla osta. Quien no realice la precompilación durante este período quedará, de hecho, excluido del envío durante los click days.

Se mantienen sin cambios los formularios ya conocidos por los operadores: el C-Stag agrícola y el C-Stag turístico para el trabajo de temporada en los respectivos sectores, el B2020 para el trabajo por cuenta ajena no estacional en los sectores autorizados y el A-bis dentro de la cuota para la asistencia familiar.

La Inspección Nacional del Trabajo podrá iniciar sus controles ya sobre las solicitudes precompiladas, sin esperar a su envío definitivo.

Una vez cerrado el período principal, el portal volverá a abrirse desde las 9:00 del 9 de diciembre hasta las 20:00 del 13 de diciembre de 2026. Este período adicional está destinado únicamente a quienes hayan realizado el trámite a última hora: permite consultar los datos que el sistema adquiere de forma asíncrona (hasta seis días después del inicio de la cumplimentación) y guardar la solicitud, haciéndola pasar de «por completar» a «por enviar». Durante esos días no podrá introducirse ninguna solicitud nueva.

Las cuatro fechas que hay que marcar

Los envíos se abrirán siempre a las 9:00, conforme a un calendario escalonado según la categoría. El proceso comienza el 12 de enero de 2027 con el trabajo agrícola de temporada, que deberá presentarse mediante el formulario C-Stag agrícola. El 9 de febrero será el turno del sector turístico (C-Stag turístico), el 16 de febrero del trabajo por cuenta ajena no estacional (B2020) y el 18 de febrero, para cerrar la secuencia, de la asistencia familiar (A-bis).

El plazo último para presentar las solicitudes es el 31 de diciembre de 2027, pero el plazo formal tiene poca relevancia práctica: el envío sigue estando sujeto a la disponibilidad de las cuotas y, en las últimas convocatorias, las solicitudes han superado con frecuencia y ampliamente las plazas disponibles.

Qué cambia para quien contrata

Quizá la parte más útil de la circular sea el recordatorio de las modificaciones introducidas en el d.lgs. 286/1998 por el d.l. 146/2025 (convertido por la Ley 179/2025) y por el d.lgs. 83/2026. Tres novedades inciden directamente en las obligaciones del empleador.

Confirmación del nulla osta en 15 días: una vez concluidas las verificaciones relativas al visado, el empleador dispone ahora de quince días desde la correspondiente comunicación para confirmar la solicitud ante la Ventanilla Única de Inmigración (Sportello unico) (art. 22, apartado 5-quinquies). El silencio no es neutro: la solicitud se considera rechazada y el eventual nulla osta ya emitido queda revocado. La misma disposición obliga a mantener informado al trabajador de toda comunicación recibida durante el procedimiento.

Contrato de estancia: de 8 a 15 días. El plazo para firmar el contrato de estancia después de la llegada del trabajador a Italia aumenta a quince días (art. 22, apartado 6). Dentro del mismo plazo, el empleador debe transmitirlo por vía telemática a la Ventanilla Única de Inmigración, iniciando así la solicitud del permiso de residencia.

Delegación en intermediarios: la confirmación del nulla osta y el envío del contrato pueden realizarse a través de asesores laborales y otros sujetos habilitados conforme a la Ley 12/1979, o mediante las asociaciones empresariales más representativas a las que la empresa esté afiliada o a las que haya otorgado mandato (art. 24-bis, apartado 2-bis). La responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones, sin embargo, permanece en el empleador.

En materia de alojamiento, la circular remite a las instrucciones del Ministerio del Interior de 15 de diciembre de 2025 (prot. 9859), que incorporan la Ley 182/2025 sobre la idoneidad de las viviendas para los trabajadores alojados en establecimientos de hospedaje o en dormitorios permanentes de obra. Por último, permanecen sin cambios los requisitos de acceso, los sectores y los códigos ATECO.

Cómo prepararse

Las seis semanas de precompilación constituyen el verdadero punto de inflexión, y conviene aprovecharlas con antelación en lugar de esperar hasta el 7 de diciembre. El primer paso consiste en comprobar con suficiente antelación las credenciales de acceso al Portal ALI y los requisitos de la empresa. Después, es prudente comenzar a cumplimentar la solicitud con al menos una semana de margen, para dejar al sistema tiempo suficiente para adquirir los datos asíncronos, y comprobar que cada expediente figure como «por enviar» antes del cierre del 13 de diciembre.

Igualmente importante es organizar con antelación la gestión de los plazos posteriores, ahora fijados en quince días, valorando si conviene encomendarla a un intermediario habilitado.

En resumen, el Decreto flussi 2027 no reserva sorpresas en cuanto a las cifras, pero premia a quienes llegan preparados. Las fechas están fijadas y las reglas son conocidas: la organización marcará la diferencia.

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El contenido de este artículo tiene como finalidad ofrecer indicaciones generales sobre el tema. Para dudas o casos específicos, se recomienda solicitar asesoría especializada en función de tu situación particular.

Artículo escrito por Alessia Ajelli, Managing Associate de LCA Studio Legale, abogada especializada en derecho migratorio y ciudadanía italiana. 

Artículo modificado el 05/10/2026