La pérdida de la ciudadanía italiana antes del 15 de agosto de 1992 afecta a numerosas personas que, conforme a la legislación vigente en aquel momento, dejaron de ser consideradas ciudadanas italianas tras adquirir una ciudadanía extranjera o como consecuencia de otras situaciones previstas legalmente. Antes de la reforma introducida por la Ley n.º 91 de 5 de febrero de 1992, el sistema italiano de ciudadanía era más restrictivo y contemplaba diversos supuestos de pérdida automática de la ciudadanía.
Con el objetivo de permitir que estas personas recuperen su vínculo jurídico con Italia, el Decreto-Ley n.º 36/2025, convertido en la Ley n.º 74/2025, estableció un procedimiento extraordinario que permite la readquisición de la ciudadanía italiana mediante una simple declaración formal presentada entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2027.
Esta readquisición no implica la recuperación retroactiva de la ciudadanía que se poseía anteriormente, sino un nuevo acceso a la ciudadanía italiana por beneficio de ley. Sus efectos comienzan a partir del día siguiente a la presentación de la declaración por parte del interesado.
Requisitos para la readquisición
Pueden acogerse a este procedimiento aquellas personas que hayan perdido la ciudadanía italiana antes del 15 de agosto de 1992 y que hayan nacido en Italia o que, habiendo nacido en el extranjero, hayan residido legalmente en Italia durante al menos dos años consecutivos.
La pérdida de la ciudadanía debe haberse producido en alguno de los supuestos contemplados por la legislación anterior. Entre ellos se encuentran quienes adquirieron voluntariamente una ciudadanía extranjera y trasladaron su residencia al extranjero, conforme al artículo 8, apartado 1, de la Ley n.º 555/1912; quienes renunciaron a la ciudadanía italiana después de haber adquirido una ciudadanía extranjera de manera no voluntaria, según el artículo 8, apartado 2; y quienes perdieron la ciudadanía italiana durante la minoría de edad como consecuencia de la pérdida de la ciudadanía de sus padres convivientes, conforme al artículo 12 de la misma ley.
El objetivo de esta normativa es permitir la recuperación de la ciudadanía a personas que, en muchos casos, la perdieron automáticamente como consecuencia del régimen jurídico vigente en aquel momento.
Supuestos excluidos
El procedimiento no resulta aplicable a quienes perdieron la ciudadanía italiana conforme al artículo 8, apartado 3, de la Ley n.º 555/1912, es decir, a aquellas personas que aceptaron un empleo al servicio de un Gobierno extranjero o ingresaron en las fuerzas armadas de una potencia extranjera y continuaron en dicha situación pese al requerimiento del Gobierno italiano para abandonarla dentro del plazo establecido.
Tampoco pueden acogerse a esta medida quienes perdieron o renunciaron a la ciudadanía italiana después del 15 de agosto de 1992, ya que estas situaciones quedan sometidas al régimen jurídico posterior establecido por la Ley n.º 91/1992.
Asimismo, quedan excluidas aquellas personas que no ejercieron en su momento la opción prevista por la Ley n.º 123/1983 para elegir una única ciudadanía al alcanzar la mayoría de edad en los casos de doble ciudadanía.
Presentación de la declaración y documentación necesaria
La declaración de readquisición debe presentarse antes del 31 de diciembre de 2027 ante la autoridad competente. Quienes residan en el extranjero deberán acudir al Consulado italiano correspondiente a su lugar de residencia, mientras que quienes residan en Italia deberán presentarla ante el municipio italiano de residencia.
La documentación exigida dependerá de las circunstancias personales del solicitante, pero deberá acreditar tanto la anterior posesión de la ciudadanía italiana como la causa por la que fue perdida. Normalmente será necesario aportar un documento de identidad, el certificado de nacimiento italiano o inscrito en los registros civiles italianos, un certificado histórico de ciudadanía, la documentación que pruebe la pérdida de la ciudadanía italiana y, cuando corresponda, la acreditación de la residencia en Italia.
Los documentos expedidos por autoridades extranjeras deberán estar debidamente legalizados o apostillados y acompañados de su correspondiente traducción al italiano.
El procedimiento comienza con la solicitud de una cita ante la autoridad competente. El interesado deberá comparecer personalmente para realizar la declaración formal de readquisición y entregar la documentación completa. Los efectos jurídicos de la readquisición se producen desde el día siguiente a la declaración, con independencia del tiempo que puedan requerir las comprobaciones administrativas posteriores.
Efectos sobre los hijos menores y plazo final
La readquisición de la ciudadanía italiana por parte de un progenitor no implica automáticamente, en todos los casos, la adquisición de la ciudadanía italiana por parte de sus hijos menores. Este efecto puede producirse cuando el menor reside legalmente en Italia desde hace al menos dos años en el momento en que el progenitor readquiere la ciudadanía. En caso contrario, el hijo deberá valorar otras vías previstas por la normativa vigente.
La posibilidad de readquirir la ciudadanía italiana mediante este procedimiento está limitada temporalmente. Quienes no presenten la declaración antes del 31 de diciembre de 2027 perderán la oportunidad de acogerse a esta medida especial, salvo que futuras reformas legislativas establezcan nuevas posibilidades.
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El contenido de este artículo tiene como finalidad ofrecer indicaciones generales sobre el tema. Para dudas o casos específicos, se recomienda solicitar asesoría especializada en función de tu situación particular.
Artículo escrito por Alessia Ajelli, Managing Associate de LCA Studio Legale, abogada especializada en derecho migratorio y ciudadanía italiana.
Artículo modificado el 07/07/2026