El Decreto Legislativo 286/1998, más conocido como Ley consolidada sobre inmigración, regula la entrada y residencia de extranjeros en Italia. En particular, la letra e) del artículo 27 se refiere a una categoría específica de trabajadores: los colaboradores familiares que ya tienen una relación de trabajo doméstico continuo en curso en el extranjero con ciudadanos italianos o de la Unión Europea residentes en el extranjero.
¿Quién puede solicitar este permiso?
1. Tengan una relación laboral nacional continuada a tiempo completo en el extranjero durante al menos un año con:
• Ciudadanos italianos residentes en el extranjero.
• Ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea residentes en el extranjero.
2. Se trasladan a Italia junto con el empleador para continuar la relación de trabajo doméstico.
Requisitos principales
Para obtener el permiso de residencia, el trabajador familiar debe cumplir algunas condiciones fundamentales:
• Contrato de trabajo vigente: la relación laboral doméstica debe estar registrada periódicamente y ser continua durante al menos 12 meses.
• Traslado con el empleador: el colaborador debe trasladarse a Italia al mismo tiempo que el ciudadano italiano o europeo.
• Documentación que acredite la relación laboral: contrato de trabajo, nóminas, declaraciones de impuestos que acrediten la existencia de la relación laboral.
Duración del permiso de residencia
El permiso de residencia expedido a colaboradores familiares tiene una duración:
• De la misma duración que el contrato de trabajo.
• Puede renovarse si la relación laboral continúa regularmente en Italia.
Derechos del familiar colaborador
Una vez obtenido el permiso de residencia, el trabajador familiar tiene derecho a:
• Trabajar regularmente como empleada doméstica en Italia.
• Acceder a los servicios nacionales de salud (NHS).
• Disfrutar de los derechos previstos para los trabajadores domésticos en Italia, como vacaciones, cotizaciones a la seguridad social y seguros.
Conclusión
La letra e) del artículo 27 del Decreto Legislativo 286/98 ofrece una oportunidad significativa para que los colaboradores familiares continúen su actividad laboral en Italia de manera legal y protegida. Es importante respetar los requisitos legales y preparar cuidadosamente la documentación necesaria para facilitar la solicitud del permiso de residencia.
Your Way to Italy: nuestra asistencia
Nuestro equipo está a su disposición para asesorarle sobre el Permiso de Residencia previsto en la letra e) del artículo 27 del Decreto Legislativo 286/98 #Yourwaytoitaly
El contenido de este artículo tiene como objetivo proporcionar orientación general sobre el tema. Debe buscar asesoramiento especializado en relación con su situación específica.
Artículo escrito por Alessia Ajelli, Managing Associate de LCA Studio Legale, abogada especializada en derecho migratorio y ciudadanía italiana, y Paolo Grassi, Trainee de LCA Studio Legale.