El "Decreto sobre tributación internacional" – Decreto Legislativo n. 209/2023 – aprobado en diciembre de 2023- modificó el régimen fiscal simplificadosimplificado previsto para los llamados impatriados, es decir, las personas que trasladan su residencia fiscal a Italia desde el extranjero.
Este régimen fiscal simplificado había sido introducido hace unos años por el apartado 1 del artículo 16 del Decreto Legislativo 147/2015, sin embargo, desde 2024 se han modificado sus características.
Para los trabajadores que trasladan su residencia al territorio italiano en virtud del artículo 2 del TUIR - Decreto Presidencial 917/1986, dentro del límite de 600.000 euros anuales, los ingresos del trabajo, los ingresos asimilados a los del trabajo y los ingresos del trabajo autónomo derivados del ejercicio de artes y profesiones producidas en Italia, contribuyen a la formación de la renta global limitada al 50% de su importe cuando se cumplen determinadas condiciones.
¿Quién puede beneficiarse del régimen fiscal simplificado a los impatriados?
El régimen de desgravación fiscal para "impatriados" se aplica a los trabajadores
- que trasladen su residencia a Italia a partir del 1 de enero de 2024 y la mantengan durante los cuatro periodos siguientes al año en que se produjo el traslado
- que no hayan sido residentes fiscales en Italia en los 3 períodos impositivos anteriores a su traslado a Italia. Si el empleado trabaja en el territorio del Estado a favor de la misma entidad para la que trabajaba en el extranjero antes de la transferencia o a favor de una entidad perteneciente al mismo grupo que él, el requisito mínimo de residencia en el extranjero es de:
Pueden acogerse al régimen fiscal simplificado para "impatriados" los ciudadanos italianos, comunitarios y extracomunitarios, siempre que cumplan los requisitos anteriores, incluida la transferencia de la residencia fiscal a Italia (que en el caso de los ciudadanos extracomunitarios implica la necesidad de obtener previamente un visado y un permiso de residencia en Italia).
Ventajas de acogerse al régimen fiscal simplificado para "impatriados”
Quienes se acogan al régimen de "impatriados" se benefician de una reducción del 50% de su renta imponible total si se cumplen las condiciones mencionadas. Además, a quienes regresen a Italia con un hijo menor a cargo se les aumentará el porcentaje de exención al 60% y el mismo aumento se aplica a quienes se conviertan en padres o adopten a un menor durante el periodo de vigencia del régimen de 'impatriati'.
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