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Régimen fiscal para “impatriados” 2026: cómo funciona, quiénes pueden beneficiarse y novedades
Incentivos fiscales para atraer talento y profesionales cualificados a Italia
El régimen de impatriados 2026 se configura como un instrumento fiscal de gran interés para trabajadores altamente cualificados que deseen trasladar su residencia a Italia, incluso en contextos de trabajo remoto o con empleadores extranjeros

El régimen fiscal para impatriados 2026 se enmarca en las políticas fiscales destinadas a atraer capital humano altamente cualificado a Italia. La normativa de referencia se encuentra en el Decreto Legislativo 209/2023, posteriormente modificado por diversas disposiciones correctivas, entre ellas las introducidas por la Ley 132/2025. El marco normativo busca hacer fiscalmente atractivo el traslado de la residencia a Italia, ofreciendo una reducción significativa de la imposición sobre las rentas del trabajo generadas en el país.

El mecanismo del incentivo

El beneficio consiste en la tributación de solo el 50% de los ingresos derivados del trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia producidos en Italia, hasta un límite máximo de 600.000 euros anuales. En presencia de determinadas condiciones familiares, la base imponible puede reducirse aún más, excluyendo de tributación hasta el 60% de la renta. En términos concretos, esto significa que la mitad —o en algunos casos más de la mitad— de los ingresos no se integra en la base imponible del IRPEF.

La duración del incentivo es de cinco períodos impositivos: el año en el que se produce el traslado de la residencia fiscal y los cuatro siguientes. El beneficio se extiende, por tanto, durante un período significativo, favoreciendo una planificación estable del regreso.

Requisitos de acceso y condiciones

El acceso al régimen no es automático y exige el cumplimiento de diversos requisitos sustanciales. En primer lugar, es necesario trasladar la residencia fiscal a Italia y no haber sido residente fiscal en el país durante los tres períodos impositivos anteriores. El período mínimo de permanencia en el extranjero es, por tanto, de tres años. Sin embargo, la normativa prevé una ampliación de este plazo cuando el trabajador regresa para colaborar con el mismo empleador —o con una entidad perteneciente al mismo grupo— para el que trabajaba en el extranjero.

En estos casos, el período mínimo de permanencia fuera de Italia aumenta a seis años si el trabajador no había sido empleado previamente en Italia por el mismo empleador o grupo, y a siete años si, antes de la expatriación, ya había trabajado en Italia para el mismo empleador o grupo empresarial. Esta previsión tiene como finalidad evitar un uso instrumental del régimen mediante traslados meramente formales.

Además del requisito de residencia, el trabajador debe comprometerse a mantener la residencia fiscal en Italia durante al menos cuatro años. El eventual traslado al extranjero antes de dicho plazo implica la pérdida del beneficio y la obligación de devolver los impuestos ahorrados, con aplicación de intereses.

Otro requisito esencial es que la actividad laboral se desarrolle de forma predominante en territorio italiano. Asimismo, el régimen está dirigido a personas con alta cualificación o especialización profesional, reforzando así su finalidad de atraer perfiles de alto valor añadido.

Trabajo en modalidad remota y empleador extranjero

Uno de los aspectos más relevantes para 2026 se refiere a la aplicabilidad del régimen a trabajadores que prestan servicios en modalidad de trabajo a distancia para un empleador extranjero. Mediante la respuesta n.º 2, de 12 de enero de 2026, la Agencia Tributaria italiana aclaró que también puede acogerse al nuevo régimen el trabajador que regrese a Italia y desempeñe su actividad en modalidad de smart working para una empresa con domicilio social en el extranjero, siempre que la actividad se realice predominantemente en territorio italiano y se cumplan todos los demás requisitos legales.

El caso analizado se refería a un profesional que se había trasladado al Reino Unido en 2020 y regresó a Italia en 2025 para trabajar, también de forma remota, para una empresa con sede en Berlín. La Administración tributaria confirmó que, si se cumplen las condiciones exigidas, el beneficio se aplica a partir del período impositivo 2026 y durante los cuatro años siguientes.

Esta interpretación consolida un criterio ya expresado anteriormente: el hecho de que el empleador sea extranjero no impide por sí mismo el acceso al régimen, siempre que el centro efectivo de la actividad laboral y la residencia fiscal estén en Italia.

El retorno de los trabajadores transfronterizos

Otra novedad interpretativa relevante llegó con la respuesta a consulta vinculante n.º 12/E, de 20 de enero de 2026, mediante la cual la Agencia Tributaria reconoció la posibilidad de aplicar el régimen también a trabajadores que regresan a Italia operando como trabajadores transfronterizos. En este caso, el acceso está igualmente condicionado al cumplimiento íntegro de todos los requisitos previstos por la normativa, en particular en lo relativo a la residencia fiscal y a la realización predominante de la actividad en Italia.

Modalidades de aplicación del beneficio

Desde el punto de vista operativo, el incentivo puede aplicarse directamente por el empleador en la nómina. Si esto no ocurre, el trabajador no pierde el derecho al beneficio y puede hacerlo valer en la declaración anual del impuesto sobre la renta, recuperando así el eventual mayor impuesto pagado.

Consideraciones finales

El régimen de impatriados 2026 se configura como un instrumento fiscal de gran interés para trabajadores altamente cualificados que deseen trasladar su residencia a Italia, incluso en contextos de trabajo remoto o con empleadores extranjeros. Las recientes aclaraciones de la Agencia Tributaria han ampliado y precisado el ámbito de aplicación de la normativa, incluyendo situaciones cada vez más frecuentes en el mercado laboral contemporáneo.

No obstante, resulta fundamental verificar cuidadosamente y con carácter previo el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos por la ley, ya que el incumplimiento de los compromisos de permanencia conlleva la pérdida del beneficio y la recuperación de los impuestos no ingresados. En un entorno normativo en constante evolución, una adecuada planificación fiscal sigue siendo esencial para aprovechar plenamente las oportunidades que ofrece el régimen.

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El contenido de este artículo tiene como finalidad ofrecer indicaciones generales sobre el tema. Para dudas o casos específicos, se recomienda solicitar asesoría especializada en función de tu situación particular.

 

Artículo escrito por Alessia Ajelli, Managing Associate de LCA Studio Legale, abogada especializada en derecho migratorio y ciudadanía italiana, y Paolo Grassi, Trainee de LCA Studio Legale.