El artículo 27, apartado 1, letra i) del Decreto Legislativo n.º 286/1998 regula un supuesto específico de entrada en Italia para ciudadanos extracomunitarios empleados en el marco de contratos internacionales de prestación de servicios. Este procedimiento permite a las empresas italianas recurrir temporalmente a trabajadores extranjeros contratados por sociedades extranjeras encargadas de ejecutar obras o servicios específicos.
Se trata de un canal de entrada que opera al margen de las cuotas anuales previstas por el Decreto Flussi y que resulta aplicable cuando la actividad desarrollada constituye una auténtica prestación de servicios. De hecho, la normativa no puede utilizarse para fines que equivalgan simplemente al suministro de mano de obra. La empresa extranjera debe mantener autonomía organizativa en la ejecución del contrato y emplear personal que ya haya sido contratado regularmente antes de la presentación de la solicitud.
La solicitud de autorización (nulla osta) debe ser presentada por la empresa italiana contratante, o por un profesional autorizado, a través del portal del Ministerio del Interior mediante la cumplimentación del Modelo M. Antes de presentar la solicitud, el empleador italiano está obligado a comunicar a las organizaciones sindicales competentes su intención de emplear trabajadores no comunitarios en el marco del contrato.
A la solicitud deben adjuntarse el contrato de prestación de servicios o subcontratación, la documentación relativa a la seguridad laboral, la prueba de disponibilidad de un alojamiento adecuado para los trabajadores extranjeros y los documentos societarios de la empresa extranjera. Entre estos adquieren especial relevancia la inscripción de la sociedad en el registro mercantil del país de origen, los documentos de identificación de los trabajadores implicados y las cartas de desplazamiento firmadas por las partes. Toda la documentación emitida en el extranjero debe estar legalizada o apostillada y traducida al italiano.
Una vez concluido favorablemente el procedimiento de evaluación, la Ventanilla Única de Inmigración (Sportello Unico per l’Immigrazione) expide la autorización y remite la resolución a la representación diplomática italiana competente, ante la cual el trabajador podrá solicitar el visado de entrada.
La duración de la autorización coincide con el período necesario para ejecutar las actividades previstas en el contrato de prestación de servicios. Por lo general, el desplazamiento no puede superar los dos años, aunque, cuando existan necesidades vinculadas a la finalización de las obras, puede solicitarse una prórroga hasta un máximo total de cuatro años.
Durante el período de permanencia en Italia, el trabajador desplazado debe beneficiarse de las condiciones económicas y normativas previstas por la legislación italiana y por el convenio colectivo aplicable al sector correspondiente. Asimismo, es necesario verificar la eventual existencia de convenios internacionales en materia de seguridad social entre Italia y el país de origen del trabajador, con el fin de determinar el régimen contributivo aplicable.
Dentro de los ocho días siguientes a su entrada en Italia, el trabajador extranjero debe presentarse ante la Ventanilla Única competente para firmar el contrato de residencia e iniciar la solicitud del permiso de residencia. Posteriormente, será convocado por la Jefatura de Policía (Questura) para la toma de huellas dactilares y la finalización del procedimiento administrativo.
El permiso de residencia se expide por una duración correspondiente al período autorizado por el nulla osta y puede renovarse en caso de prórroga del contrato de prestación de servicios. Es importante destacar que este tipo de permiso de residencia puede utilizarse exclusivamente para las actividades indicadas en la solicitud autorizada y no puede convertirse en un permiso de trabajo subordinado ordinario.
Un aspecto particularmente relevante se refiere a la correcta gestión del desplazamiento transnacional desde el punto de vista inspectivo y contributivo. Las autoridades italianas verifican cuidadosamente que la relación laboral con la empresa extranjera sea genuina y que el traslado a Italia tenga carácter temporal. Por este motivo, resulta fundamental preparar con precisión toda la documentación contractual y administrativa exigida por la normativa.
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El contenido de este artículo tiene como finalidad ofrecer indicaciones generales sobre el tema. Para dudas o casos específicos, se recomienda solicitar asesoría especializada en función de tu situación particular.
Artículo escrito por Alessia Ajelli, Managing Associate de LCA Studio Legale, abogada especializada en derecho migratorio y ciudadanía italiana, y Paolo Grassi, Trainee de LCA Studio Legale.
Artículo modificado el 12/06/2026