El matrimonio con un ciudadano italiano permite obtener la ciudadanía italiana - ¡descubre cómo!
Las personas casadas o en unión civil con ciudadanos italianos, pueden solicitar la ciudadanía italiana tanto en Italia como en el extranjero.
Los requisitos fundamentales para obtener la ciudadanía son
- la existencia de matrimonio - la pareja no debe estar separada ni divorciada
- conocimiento de la lengua italiana a un nivel de al menos B1 del marco de referencia europeo
- la ausencia de condenas penales en Italia y en el país extranjero de nacimiento y residencia (a partir de los 14 años) del solicitante.
Están exentos del requisito de conocimiento de la lengua italiana quienes:
- sean titulares de un permiso de residencia de larga duración de la UE
- los que ya hayan firmado y cumplido el Acuerdo de Integración
- quienes hayan cursado y obtenido un título de enseñanza en una escuela secundaria de primer o segundo nivel en Italia, en una universidad italiana estatal o legalmente reconocida o estén cursando estudios de máster o doctorado
La solicitud de ciudadanía puede presentarse en Italia -a través del Portal Ali del Ministerio del Interior- cuando los cónyuges o parejas de hecho hayan residido formalmente en Italia durante al menos los dos años siguientes a la fecha del matrimonio y el solicitante sea titular de un permiso de residencia válido.
El plazo de 2 años se reduce a 1 año si la pareja tiene hijos, incluidos los adoptados.
La solicitud de ciudadanía puede presentarse en el extranjero a través de la Embajada o el Consulado italianos del país extranjero de residencia cuando los cónyuges o la pareja de hecho lleven residiendo en el extranjero al menos 3 años desde la fecha del matrimonio.
El plazo de 3 años se reduce a 18 meses si la pareja tiene hijos, incluidos los adoptados.
Una vez enviada la solicitud, las autoridades italianas disponen, por ley, de un plazo de 24 meses, que puede ampliarse hasta 36 meses en caso de necesidad de investigación adicional, para tramitarla y emitir una decisión al respecto.
En caso de resultado positivo del procedimiento, el solicitante será citado mediante notificación del decreto de concesión para prestar juramento en el municipio de residencia o en la Embajada de Italia en el país extranjero.
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