La adopción por parte de un ciudadano italiano puede representar para una persona extranjera un momento importante de cambio, también desde el punto de vista jurídico. Sin embargo, cuando la adopción se refiere a una persona que ya alcanzó la mayoría de edad, las consecuencias en materia de ciudadanía son distintas de las previstas para los menores. En particular, el vínculo adoptivo no determina automáticamente la adquisición de la ciudadanía italiana, sino que permite al interesado acceder a un procedimiento específico de naturalización, sujeto al cumplimiento de determinadas condiciones.
Ciudadanía italiana y adopción de una persona mayor de edad
La normativa italiana distingue claramente la adopción de un menor extranjero de la de una persona que ya cumplió dieciocho años. En este último caso, el adoptado conserva la ciudadanía de su país de origen y no se convierte en ciudadano italiano como efecto directo de la sentencia de adopción.
No obstante, la posibilidad de obtener la ciudadanía italiana está prevista en la Ley n.º 91 de 1992, cuyo artículo 9, apartado 1, letra b), reconoce al extranjero mayor de edad adoptado por un ciudadano italiano el derecho a presentar una solicitud de concesión de la ciudadanía, siempre que haya cumplido al menos cinco años de residencia legal en Italia con posterioridad a la adopción.
Se trata, por lo tanto, de una vía autónoma respecto de la adquisición automática de la ciudadanía prevista para otros supuestos, en la que el vínculo adoptivo constituye el presupuesto para acceder al procedimiento, mientras que la residencia continua en el territorio nacional es un requisito esencial.
El requisito de residencia después de la adopción
Uno de los aspectos más relevantes para quienes desean emprender este camino se refiere al período de permanencia en Italia. Los cinco años exigidos por la normativa deben cumplirse con posterioridad a la sentencia de adopción y suponen una residencia legal e ininterrumpida en el territorio italiano.
Por lo tanto, no basta con haber vivido en Italia durante un período significativo antes de la adopción, ni el solo hecho de haber sido adoptado por un ciudadano italiano permite presentar la solicitud de inmediato. Es necesario verificar que, desde la fecha de la sentencia, haya transcurrido todo el período previsto por la ley sin interrupciones en la residencia relevante para el procedimiento.
Durante esta etapa, el interesado debe además mantener una situación administrativa regular y, cuando sea necesario, asegurarse de contar con un permiso de residencia vigente, para poder acreditar su permanencia legal en el país.
Presentación de la solicitud y evaluación
Una vez cumplido el requisito de cinco años, la persona adoptada puede iniciar el procedimiento de concesión de la ciudadanía italiana. La solicitud debe dirigirse al Ministerio del Interior a través de la Prefectura competente según el lugar de residencia del interesado.
La Prefectura cumple un rol central en el examen de la solicitud, verificando que concurran las condiciones previstas por la ley y que la documentación presentada esté en regla. La tramitación administrativa precede a la adopción de la resolución final, que se formaliza mediante decreto del Presidente de la República.
Una vez emitido el decreto de concesión, la resolución se notifica al interesado a través de las oficinas competentes. Es importante destacar que la notificación del decreto, aunque constituye un paso decisivo del procedimiento, todavía no coincide con el momento en que se adquiere efectivamente la ciudadanía.
El juramento y el momento de adquisición de la ciudadanía
Tras recibir la notificación del decreto, el beneficiario debe presentarse ante el Oficial del Registro Civil (Ufficiale dello Stato Civile) de su municipio de residencia para prestar juramento de fidelidad a la República Italiana.
Este trámite debe realizarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha de notificación de la resolución, según las modalidades acordadas con la oficina municipal. El cumplimiento de este plazo es especialmente importante, ya que el juramento constituye una condición necesaria para perfeccionar la adquisición de la ciudadanía.
La ciudadanía italiana se adquiere a partir del día siguiente a aquel en que se prestó debidamente el juramento. Solo desde ese momento el interesado adquiere, para todos los efectos, la condición de ciudadano italiano, con la consiguiente posibilidad de ejercer los derechos reconocidos por el ordenamiento.
Entre ellos se incluye la posibilidad de solicitar el pasaporte italiano, una vez completados los trámites administrativos necesarios y actualizados los datos relativos a la ciudadanía.
Los trámites ante el municipio y la documentación necesaria
Completar el procedimiento también exige algunos trámites de carácter registral. Con ocasión del juramento, el Oficial del Registro Civil inscribe el acta en los registros de ciudadanía y procede a la transcripción del decreto presidencial conforme a las disposiciones aplicables.
Para las personas nacidas en el extranjero, también puede ser necesario transcribir el acta de nacimiento en los registros italianos. Para ello, el interesado debe presentar su certificado de nacimiento original, asegurándose de que cumpla las formalidades previstas para su uso en Italia. Según el país de origen, el documento podría requerir legalización o apostilla, además de una traducción conforme al italiano.
El decreto de concesión de la ciudadanía, en la versión notificada, también debe presentarse ante el municipio para permitir la correcta inscripción de la adquisición del status civitatis. Por lo tanto, los trámites documentales deben coordinarse con las indicaciones de la oficina del Registro Civil competente.
Plazos del procedimiento
En cuanto a los plazos, es necesario distinguir entre la etapa de tramitación ante la Prefectura y los trámites posteriores a la notificación del decreto. El procedimiento administrativo puede requerir un período considerable para verificar la documentación y adoptar la resolución, mientras que el juramento debe prestarse necesariamente dentro del plazo de seis meses desde la notificación.
Por ello, es recomendable programar con cuidado las distintas etapas, evitando retrasos en la presentación de los documentos o en la citación ante el municipio.
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El contenido de este artículo tiene como finalidad ofrecer indicaciones generales sobre el tema. Para dudas o casos específicos, se recomienda solicitar asesoría especializada en función de tu situación particular.
Artículo escrito por Alessia Ajelli, Managing Associate de LCA Studio Legale, abogada especializada en derecho migratorio y ciudadanía italiana.
Artículo modificado el 03/11/2026