Corte Costituzionale e causa Torino (1920 x 640 px)

Ciudadanía italiana por descendencia: publicada la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el caso de Turín

El Tribunal Constitucional define los límites de la reforma y reafirma los criterios de acceso a la ciudadanía por descendencia

En el mes de junio, el Tribunal Constitucional italiano será llamado a examinar otros procedimientos provenientes de distintos tribunales italianos, entre ellos los de Campobasso y Mantua

Información actualizada a 2026 

El 30 de abril de 2026, el Tribunal Constitucional italiano dio a conocer la decisión relativa a la cuestión de constitucionalidad planteada por el tribunal de Turín respecto a la reciente reforma sobre la ciudadanía italiana por descendencia. El fallo llega tras la audiencia del 11 de marzo de 2026 y aclara varios aspectos controvertidos introducidos por la nueva normativa.

Como ya se había anticipado en un comunicado oficial, los jueces constitucionales consideraron que las cuestiones planteadas son en parte inadmisibles y en parte infundadas. La decisión representa un paso importante en el debate sobre el acceso a la ciudadanía italiana iure sanguinis, especialmente para los extranjeros de origen italiano.

Uno de los temas centrales abordados se refiere a la supuesta retroactividad de la ley. El Tribunal excluyó que se trate de una revocación de un derecho ya adquirido, sosteniendo en cambio que las nuevas restricciones constituyen una limitación originaria al acceso a la ciudadanía. En otras palabras, quien aún no había obtenido un reconocimiento formal no podía ser considerado ciudadano italiano a todos los efectos.

Otro punto discutido se refiere al principio de igualdad. Según los jueces, la diferencia de trato entre quienes presentaron su solicitud antes y quienes lo hicieron después de la entrada en vigor de las nuevas normas no vulnera dicho principio. Es normal, en efecto, que una reforma legislativa introduzca disposiciones transitorias que produzcan efectos distintos entre categorías de personas.

El Tribunal también se pronunció sobre el tema de la confianza legítima de los extranjeros potencialmente beneficiarios de la ciudadanía. Si bien reconoció este principio, subrayó que debe ir acompañado de un vínculo concreto con el Estado italiano. Además, la obtención de la ciudadanía siempre depende de un procedimiento administrativo o judicial, cuyo resultado nunca está garantizado. En consecuencia, no se puede hablar de una expectativa jurídicamente protegida. La sentencia también destaca algunas medidas compensatorias introducidas por la reforma, como vías facilitadas para personas de origen italiano y condiciones más favorables en determinados casos familiares.

En cuanto a la previsibilidad de las modificaciones legislativas, el Tribunal consideró que los cambios distaban mucho de ser repentinos. Ya se habían presentado anteriormente propuestas para restringir el acceso a la ciudadanía, y recientemente se habían introducido costes más elevados para los procedimientos judiciales y administrativos. La comparación con otros países europeos también demuestra que tales limitaciones no constituyen una excepción.

También fueron rechazadas las impugnaciones basadas en el Derecho de la Unión Europea. Según el Tribunal, las normas europeas sobre ciudadanía se aplican exclusivamente a quienes ya poseen el estatus de ciudadano de la UE. Por lo tanto, quienes ya no cumplen los requisitos previstos por la nueva ley italiana no pueden invocar dichas protecciones.

Por último, se declararon inadmisibles las objeciones basadas en el derecho internacional, incluidas las referencias a la Declaración Universal de los Derechos Humanos y al Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Tribunal recordó que la primera no tiene carácter vinculante, mientras que el segundo no garantiza un derecho a la ciudadanía, sino que se limita a prever otras formas de protección.

En el mes de junio, el Tribunal Constitucional italiano será llamado a examinar otros procedimientos provenientes de distintos tribunales italianos, entre ellos los de Campobasso y Mantua. Estos casos presentan cuestiones más amplias y podrían ofrecer nuevos elementos interpretativos. Por este motivo, el debate sobre la ciudadanía italiana por descendencia está destinado a permanecer abierto durante mucho tiempo.

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El contenido de este artículo tiene como finalidad ofrecer indicaciones generales sobre el6 tema. Para dudas o casos específicos, se recomienda solicitar asesoría especializada en función de tu situación particular.

Artículo escrito por Alessia Ajelli, Managing Associate de LCA Studio Legale, abogada especializada en derecho migratorio y ciudadanía italiana, y Paolo Grassi, Trainee de LCA Studio Legale. 

Artículo actualizado al 06/05/2026