Gracias a las novedades legislativas introducidas en el último año, las empresas italianas disponen ahora de una nueva oportunidad para incorporar personal extranjero a su plantilla: el visado y permiso de residencia previstos en el art. 27, apartado 1, letra i bis del Texto Único de Inmigración.
Activo desde mayo de 2024, este instrumento permite la contratación de trabajadores extracomunitarios sin limitación numérica y sin obligación de alta cualificación, abriendo escenarios mucho más amplios que los tradicionales visados fuera de cuota.
Principales condiciones de acceso
Este tipo de visado se basa, por tanto, en la relación profesional previa entre el trabajador y el grupo empresarial, superando el requisito tradicional de alta cualificación exigido para otros visados fuera de cuota.
Formas contractuales previstas
No es necesario que el trabajador siga siendo empleado de la sociedad o sede extranjera en el momento de la solicitud de ingreso a Italia, basta con que lo haya sido por al menos 1 año dentro de los 4 años anteriores a la presentación de la solicitud de autorización de trabajo.
Si el trabajador está o no está empleado en la empresa o sede extranjera en el momento de la solicitud de autorización de trabajo, ello determinará el tipo de relación laboral que la empresa italiana podrá establecer una vez que el trabajador ingrese en el territorio nacional.
En particular, se pueden prever dos situaciones:
Procedimiento
El primer permiso tendrá una validez de un año y podrá renovarse conforme a la normativa vigente.
Your Way to Italy: nuestra asesoria
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El contenido de este artículo tiene como finalidad proporcionar una guía general sobre el tema. Se recomienda solicitar asesoría especializada en relación con cada situación específica.