El "Decreto sobre tributación internacional" – Decreto Legislativo n. 209/2023 – aprobado en diciembre de 2023- modificó el régimen fiscal simplificado previsto para los llamados impatriados, es decir, las personas que trasladan su residencia fiscal a Italia desde el extranjero.
Este régimen fiscal simplificado había sido introducido hace unos años por el apartado 1 del artículo 16 del Decreto Legislativo 147/2015, sin embargo, desde 2024 se han modificado sus características.
Para los trabajadores que trasladan su residencia al territorio italiano en virtud del artículo 2 del TUIR - Decreto Presidencial 917/1986, dentro del límite de 600.000 euros anuales, los ingresos del trabajo, los ingresos asimilados a los del trabajo y los ingresos del trabajo autónomo derivados del ejercicio de artes y profesiones producidas en Italia, contribuyen a la formación de la renta global limitada al 50% de su importe cuando se cumplen determinadas condiciones.
¿Quién puede beneficiarse del régimen fiscal simplificado a los impatriados?
El régimen de desgravación fiscal para "impatriados" se aplica a los trabajadores
- que trasladen su residencia a Italia a partir del 1 de enero de 2024 y la mantengan durante los cuatro periodos siguientes al año en que se produjo el traslado
- que no hayan sido residentes fiscales en Italia en los 3 períodos impositivos anteriores a su traslado a Italia. Si el empleado trabaja en el territorio del Estado a favor de la misma entidad para la que trabajaba en el extranjero antes de la transferencia o a favor de una entidad perteneciente al mismo grupo que él, el requisito mínimo de residencia en el extranjero es de:
Pueden acogerse al régimen fiscal simplificado para "impatriados" los ciudadanos italianos, comunitarios y extracomunitarios, siempre que cumplan los requisitos anteriores, incluida la transferencia de la residencia fiscal a Italia (que en el caso de los ciudadanos extracomunitarios implica la necesidad de obtener previamente un visado y un permiso de residencia en Italia).
Ventajas de acogerse al régimen fiscal simplificado para "impatriados”
Quienes se acogan al régimen de "impatriados" se benefician de una reducción del 50% de su renta imponible total si se cumplen las condiciones mencionadas. Además, a quienes regresen a Italia con un hijo menor a cargo se les aumentará el porcentaje de exención al 60% y el mismo aumento se aplica a quienes se conviertan en padres o adopten a un menor durante el periodo de vigencia del régimen de 'impatriati'.
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El contenido de este artículo pretende ofrecer una orientación general sobre el tema. Debe buscar asesoramiento experto sobre su situación específica.
Artículo escrito por Alessia Ajelli, Managing Associate de LCA Studio Legale, abogada especializada en derecho migratorio y ciudadanía italiana, y Paolo Grassi, Trainee de LCA Studio Legale.
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